Los Derechos Fundamentales para los residentes Venezolanos en Perú
Los Derechos Fundamentales para los
residentes Venezolanos en Perú
Desde el año 2016, Venezuela inicia a sufrir una
fuerte crisis económica como consecuencia de factores internos y externo, muy
parecida a la crisis financiera del 2008 y la caída del petróleo en el mercado
internacional, debido a estos eventos inicia una recesión económica en
Venezuela, dando inicio a la emigración venezolana.
El Perú se ha convertido en el segundo país del
mundo que alberga más residentes venezolanos después de Colombia, cuya
población ha tenido mayor concentración de vivienda y trabajo en
Lima metropolitana y Callao donde albergando el 80% de la población
venezolana, y los otros 20% en diferentes regiones del país como Piura, La Libertad,
Lambayeque, Iquitos, Madre de Dios, Huánuco, Junín, San Martín y Arequipa.
Organización mundial de migración (OIM).
Se muestra en la actualidad una fuerza laboral de
jóvenes de 18 a 39 buscando oportunidades de trabajo en el área operativa como
en la formación académica que han llevado en su país.
CAPITULO I
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA
PERSONA
Artículo 1.- Defensa de la
persona humana La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son
el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Artículo 2.- Derechos
fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho:
1. A la vida, a su identidad,
a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar.
El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece.
2. A la igualdad ante la ley.
Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión,
opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. CONCORDANCIAS: R.
Leg. N° 26583 (Aprueban la "Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer") Ley N° 28983 (Ley de
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres)
· La
ley peruana está estructurada para cumplimiento de todo residente o extranjero
que se desarrolle en nuestro territorio.
· Las
oportunidades laborales como sociales no necesitan ser diferenciadas por
procedencia sino por las habilidades y competencias de cada individuo.
· El
derecho a la salud, a la educación es un derecho fundamental básico la cual el
estado está en la responsabilidad que ningún menor pueda estar vulnerado.
· Las
oportunidades a su libre desarrollo no necesitan estar acondicionadas por su
género, edad, raza o procedencia.
· El
cumplimiento de horarios y funciones están supervisadas por nuestra
constitución como por nuestra ley laboral. El cumplimiento de las mismas es
para todo individuo no se excluye la procedencia o nacionalidad del
individuo.
· Cada
individuo tiene la oportunidad de hacer prevalecer sus derechos como sus
responsabilidades dentro del estado que reside, estos derechos no están acondicionados
por su género, edad, raza o procedencia.
LEY DE JORNADA DE TRABAJO, HORARIO Y TRABAJO EN SOBRETIEMPO
Jornada de Trabajo
“Artículo 1º. La
jornada ordinaria de trabajo para varones y mujeres mayores de edad es de
ocho (8) horas diarias o cuarenta y ocho (48) horas semanales como
máximo. Se puede establecer por ley, convenio o decisión unilateral
del empleador una jornada menor a las máximas ordinarias. La jornada
de trabajo de los menores de edad se regula por la ley de la materia. El incumplimiento
de la jornada máxima de trabajo será considerada una infracción de tercer
grado, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 910, Ley General de
Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador, y sus normas
reglamentarias."
(*) Artículo 1º modificado por el Art. 1º de la Ley Nº 27671 El Peruano
Los Derechos Fundamentales para los residentes Venezolanos en Perú
Conclusiones
Para concluir la importancia
de respetar los derechos fundamentales y sobre todo para proteger a los más
vulnerables como son nuestros migrantes venezolanos, Entonces podemos dar mayor
importancia a la resolución de conflictos recordando que nuestra conformación
social es heterogéneas conformados por culturas, razas, intereses personales y
colectivos diferentes.
Por naturaleza somos
optimistas, pero ese optimismo no nos puede impedir ser realistas. Encontramos
el hombre que grita por los derechos humanos pero que no los reconoce según la
importancia que tienen para conformar una sociedad equitativa, tú tienes tu
verdad y yo tengo la mía. Por ende debemos buscar una sociedad equitativa y respetar
los derechos de los demás para esperar que se respeten los nuestros.
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